- Boletín 10
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La ética y la era de las redes
Escrito por:
Fernando Aurelio Guerrero.
Doctorando Universidad Externado de Colombia.
Mag. Litigio Internacional DH y DIH.
Esp. Derecho Constitucional y Derecho Administrativo.
Docente Uniciencista, Derecho Internacional.
Recientemente Ángela Marulanda es su artículo de opinión “¿Cómo fue que lo malo se volvió bueno?”, analiza que hoy no solamente estamos viviendo un cambio de era sino una era de apertura en contra de principios y valores deontológicos tradicionales en la sociedad, que han impulsado un utilitarismo que justifica y disponen otros argumentos éticos. En ese giro por ejemplo, los adultos pueden considerar como necesario y justificado seguir pareciendo jóvenes o que a su vez, los niños puedan acceder a recursos de adultos para su educación y/ o entretención, a pesar de que esto los haga madurar anticipadamente. El cambio en este caso, enaltece a la juventud en desprecio de la madurez y posibilitando el olvido de las enseñanzas de la ancianidad, lo cual tiene escaso acceso en el tráfico del mundo virtual social de hoy.
Ante esta variación de pilares y el viaje del nuevo canon, es común ver y permitir la introducción de nuevas ideas en la pique social, como por ejemplo pensarse que unos padres y madres divorciados puedan tener encuentros como “marinovios” y/o convivir de vez en cuando dentro del argumento del “poliamor”, ideas mentales que se trasmiten a los hijos e hijas, quienes a su vez construyen ideas por ejemplo sobre la plausibilidad, beneficios y utilidades de pasar la noche en casa de sus papas con sus “amigovios”, dentro de la lógica de la nueva era que viaja por las redes sociales con un tránsito bombardeante a diario en los chicos, con un impacto y alcance mayor que en otras épocas.
Así las cosas, los jóvenes y los adultos de la nueva era, pero principalmente los niños, tienen disponible un permanente acecho de contenidos que los entretiene en su “tiempo libre”, un bombardeo permanente de imágenes sobre que alcanzar, en que concentrarse, que desear, que sentir, sin restricciones a ningún mensajes por lo menos prima face, los cuales contiene una ideología de trasfondo que intentan justificar una nueva ética, en donde la infidelidad en pro de defender el liberalismo es útil, buena y lleva a la felicidad, donde premisas como “cambia tu manera de pensar y cambiara tu manera de vivir”, “somos jóvenes hay que disfrutar la vida”, “no por gozar nos vamos a condenar”, “comamos y bebamos que mañana hemos de morir”, “amemos, no estamos haciendo nada malo”, son parte del nuevo ideario ético, sin presentarse como tal.
En todo este desarrollo, las redes sociales juegan de titular, a través de sus canales viajan con una velocidad y tráfico sin precedentes, permitiendo expresiones que pueden contener perversión moral, que maximizan el erotismo en cualquier momento del día y a su vez permanentemente usurpan sentimientos, emociones, los cuales eran propios de momentos reflexivos íntimos o espirituales, llevando a concentrar el pensamiento de su usuario en la diversión, en sacrificio del descanso, del compartir en familia y en algunos casos influyendo en el presupuesto, rotando lo que es materialmente necesario para vivir (cirugías, accesorios, ropa, alimentos...).
Con todo, la red social parte de la base de que cada persona ejerce su libre albedrio y es libre de adoptar su modelo de vida. Lo que no se debe desconocer es que hay una militancia, especialmente desde las redes, por inculcar un modelo ético utilitarista consumista, tanto a adolescentes como a adultos y niños, que no escatiman en colocar puntos de referencia sobre el deber ser, parados por ejemplo en cantantes, artistas, modelos y prototipos vacíos o que incitan al culto al cuerpo, la rebeldía, el individualismo y egocentrismo (en niños por ejemplo viajan en redes la promoción de la práctica del (“cutting”).
Del mismo modo, las redes sociales han arrebatado el compartir íntimo de las emociones y sentimientos a muchas personas, especialmente a los niños, eliminando espacios de autorreflexión y de compartir con sus padres, en cambio promoviendo un amor de sí mismo desordenado, con el cual se centra al menos en estimarse como primer principio y último fin para la toma de cualquier decisión, colocándose frente a los demás en la posición de “primero yo”. En el caso de adultos con hijos de por medio, por ejemplo, nutren la idea de que “los hijos se van tarde que temprano”, luego las decisiones deben ser en pro de las utilidades y beneficios para el “yo individual”.
Con todo, debe decirse que las redes sociales tienen edades mínimas para su acceso. Que para algunas son de 16 años en adelante. Que los padres y los centros que permiten uso virtual con responsabilidad en menores, deben realizar controles, como lo hacen por ejemplo para el acceso a pornografía virtual, de promover, restringir y sancionar, conductas de niños en redes sociales y creación de páginas personales de carácter socia virtual, por infracción a las mismas disposiciones de dichas redes.
Con todo este escrito es sólo para los que dudan. Martha Nussbaum1, explicaba que el estado de encantamiento es uno. Cuando estamos encantados, no creemos, no dudamos, ni negamos, sólo “sabemos”. Además,si se trata de un falso encantamiento, el conocimiento es un “autoengaño”. Así las cosas, a parte de que el camino a la verdad está obstruido, el encantado por ejemplo, secuestrado por sus “deliciosas ilusiones”, no distingue entre el amor y la lujuria, sucumbido en la idealización, sin conciliar la distancia necesaria entre la intimidad y el deseo.
Notas: Con ocasión a la tutela denegada por el Juzgado Sexto Civil Municipal de Ejecución de Sentencias admitida el 15 de septiembre de 2017, con fallo de segunda instancia confirmatoria del Juzgado Primero Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga del 25 de septiembre de 2017, con la que se resolvió que no se violaron derechos fundamentales por acciones dentro de un “chat de grupo” de WhatsApp, vale la pena mencionar que con la admisión de la acción y el argumento en las providencias de que no se logra determinar que se trate de un grupo de carácter de servicio público o que evidencie interacción con personas de especial protección, se abre una puerta para la configuración de un estándar constitucional, especialmente si se enfoca la cuestión en menores de edad.
1Martha Nussbaum (1990), “Love’s Knowledge: Essays on Philosophy and Literature