El papel de la empresa, en el Estado Constitucional de Derecho y Justicia


Escrito por: Leonardo González
Doctorando en Derecho por la Universidad Externado de Colombia
Especialista y Master en Derecho Empresarial por la UTPL en Ecuador
Director del Centro de Mediación de la Superintendencia de Compañas, Valores y Seguros del Ecuador
Docente Universitario en UTPL, UNL en Ecuador y Universidad Santo Tomas en Colombia
Coautor del texto ‘La crisis del Estado de derecho’, Editorial Universidad Externado de Colombia


En el texto “La crisis del Estado de derecho (2018)”, su editora es Carolina Deik y sus autores Mark Tushnet, Juan Pablo Domínguez, Angel Torres, Hernando Díaz, Carolina Deik, Graca Borges, Thomas da Rosa de Bustamante y Leonardo González, se compila varios ensayos acerca del Estado de derecho y los continuos llamados que, desde distintos ámbitos, se realizan para evitar lo que algunos consideran la “crisis” de este principio.

De manera general allí se refiere la problemática desde distintas perspectivas, ya sea desde la teoría del derecho, desde el derecho público y desde el derecho corporativo, refiriéndose a los riesgos que para el principio de Estado de derecho representan la hipercomplejidad normativa y la hiper-judicialización de asuntos políticamente sensibles, respectivamente.

En el capítulo VI, hago énfasis a la función de la empresa en el modelo del Estado Constitucional en particular, qué para Carlos Bernal en lo previsto por la Constitución del Ecuador, se enmarca en la acción positiva empresarial que puede afectar hoy día derechos fundamentales, lo cual requiere una protección apropiada por parte del Estado.

La progresión industrial y el “Interés social”, empresarial contemporáneo y, en ese contexto, la empresa cumple un papel frente a la sociedad civil y al propio Estado. Este argumento se justifica cuando se dejan ver casos de vulneración de Derechos fundamentales de los consumidores frente a una realidad industrial que ha olvidado la función social y ambiental que le corresponde.

Vale entonces preguntarse si ¿La función social y ambiental de la empresa contemporánea, es compatible con el concepto de “Estado Constitucional de Derechos y Justicia”, ¿entendido como un nivel más elevado de “Estado de Derecho” y de “Estado Social de Derecho?”.

La respuesta a esta interrogante argumentada y justificada jurídica y filosóficamente, parte indicándose que “El fundamento jurídico puramente normativo de la legislación societaria ecuatoriana obedece, históricamente y por analogía, a la teoría contractual de la empresa.”. Es así como el “Código de Comercio y las leyes societarias heredaron preceptos legales rígidos y su aplicación extremadamente positivista propia del Estado de derecho”, no permitió una evolución del derecho de sociedades más dispersa a elementos como un “interés social”, empresarial dirigido a grupos de interés diversos.”

La teoría contractual de la empresa ecuatoriana, y en general en América, no propicia una innovación al concepto de empresa y su “interés social”. “Esta legislación, con atención al derecho privado, hasta la fecha concibe a la empresa como un «contrato mercantil de asociación o unipersonal» y el mismo está dado para satisfacer las necesidades y expectativas exclusivas de los constituyentes de esta empresa, la magnificación del lucro es su objetivo fundamental”.

Los objetivos constitucionales que justifican y sustentan el concepto de “Estado constitucional de derechos”, no han logrado superar la rigidez y formalismo jurídico propios del “Estado de Derecho”, por lo que, el derecho de sociedades y el modelo económico social y solidario no han logrado conseguir las máximas ventajas de la cooperación social e industrial en el Ecuador. Por esta razón, en la actualidad la “democracia económica”, o “democracia industrial”, se constituye en un concepto indeterminado en el país.

El fundamento teórico y filosófico del “interés social”, guiado por la “teoría institucional”, de la empresa, se constituye en la antología de la Responsabilidad Social de la Empresa (RSE) una vez que los diferentes grupos de interés empresarial (trabajadores, consumidores, proveedores del Estado y la naturaleza) son de primordial importancia para la progresión y supervivencia de la empresa del siglo XXI.

El desempeño empresarial, hoy más que nunca, es juzgado por la filosofía moral (la ética de la empresa y la ética de los negocios) con una valoración hermenéutica superior, necesaria en el derecho constitucional y en el derecho de sociedades contemporáneo. Este universo ético, resulta preciso para materializar un verdadero “Estado Constitucional de Derechos y Justicia”, entendiéndose el mismo como un nivel más elevado por sus valores teleológicos y filosóficos de “justicia”, respecto al concepto de “Estado Social de Derecho”, y “Estado de Derecho”, respectivamente. Su implementación material además de formal en la teoría constitucional y el nuevo modelo de Estado, siguen siendo un desafío en el Ecuador y en muchos países de la región”.


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